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	<title>El blog de José Muelas</title>
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	<description>Reflexiones personales</description>
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		<title>Trasladando el blog</title>
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		<pubDate>Thu, 05 Apr 2012 11:45:23 +0000</pubDate>
		<dc:creator>wfosbery</dc:creator>
				<category><![CDATA[Uncategorized]]></category>

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		<description><![CDATA[He decidido cambiar el alojamiento de mi blog y, a partir de ahora, esta será su nueva dirección http://blog.josemuelas.org El site que visitas ya no se actualizará más. También puedes visitar nuestros otros blogs Justicia Evolutiva Diario de un abogado &#8230; <a href="http://josemuelas.com/blog1/2012/04/05/trasladando-el-blog/">Continue reading <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>He decidido cambiar el alojamiento de mi blog y, a partir de ahora, esta será su nueva dirección<a title="El blog de José Muelas" href="http://blog.josemuelas.org" target="_blank"> http://blog.josemuelas.org</a></p>
<p>El site que visitas ya no se actualizará más. También puedes visitar nuestros otros blogs</p>
<p><a title="Justicia evolutiva" href="http://justiciaevolutiva.josemuelas.org/" target="_blank">Justicia Evolutiva</a></p>
<p><a title="Diario de un abogado" href="http://diariodeunabogado.josemuelas.org/" target="_blank">Diario de un abogado</a></p>
<p><a title="El otro blog de José Muelas" href="http://elotroblog.josemuelas.org/" target="_blank">Reflexiones sobre la información</a></p>
<p><a title="Diario del Decano" href="http://diariodeldecano.tumblr.com/" target="_blank">Diario de un decano</a></p>
<p>Disculpen las molestias.</p>
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		<title>El caso Garzón y el derecho de defensa.</title>
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		<pubDate>Sun, 12 Feb 2012 12:47:05 +0000</pubDate>
		<dc:creator>wfosbery</dc:creator>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[derecho]]></category>

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		<description><![CDATA[Quizá usted, lector, nunca haya sido acusado injustamente de la comisión de un delito, pero, si alguna vez sufre este drama, recuerde que, cuando nadie le crea, cuando ninguno de sus amigos quiera saber nada de usted, cuando incluso su &#8230; <a href="http://josemuelas.com/blog1/2012/02/12/el-caso-garzon-y-el-derecho-de-defensa/">Continue reading <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Quizá usted, lector, nunca haya sido acusado injustamente de la comisión de un delito, pero, si alguna vez sufre este drama, recuerde que, cuando nadie le crea, cuando ninguno de sus amigos quiera saber nada de usted, cuando incluso su familia sienta vergüenza de que sea miembro de ella, siempre habrá alguien a su lado que le escuche, le ayude y le defienda: su abogado.</p>
<p>Algún lector ácido añadirá, <em>&#8220;sí, por dinero&#8221;</em> y tendré que responderle que, diariamente, miles de abogados llevan a cabo esa tarea de oficio a cambio de nada -no se les paga- y habré de añadir que, por dinero también, acusan los fiscales, detienen los policías y juzgan los jueces sin que el hecho de cobrar un sueldo les reste un sólo punto de dignidad en su trabajo. Incluso usted, lector ácido que efectúa el comentario, espera recibir algo de dinero a cambio de su trabajo.</p>
<p>Es difícil que yo les transmita lo duro que resulta defender a una persona frente a las más abyectas acusaciones cuando los medios de comunicación y la sociedad ya lo han condenado de antemano. Me ha pasado muchas veces, pero recuerdo, en especial, una ocasión en que un cliente mío, ya anciano, era acusado de horribles crímenes sexuales contra una menor. El juicio duró ocho años y durante ese tiempo noté la mirada censora de mis amigos cuando el tema aparecía en prensa e incluso el silencio espeso que se instalaba en casa de mis padres las pocas veces que me atrevía a comentar el asunto. Por alguna razón la sociedad me reputaba a mí casi tan indigno como reputaba a la persona que yo defendía, porque, en España, condenamos antes de juzgar y formamos nuestras convicciones sin esperar al juicio. A ello ayuda eficazmente una prensa irresponsable.</p>
<p>Mi cliente, tras el juicio, fue absuelto porque era inocente; sin embargo, la prensa, no prestó entonces atención a la noticia -otros nuevos casos de actualidad silenciaron la noticia- y mi cliente hubo de abandonar la ciudad porque el ambiente social era irrespirable para él.</p>
<p>Si no la han leído les sugiero que lean la novela de Harper Lee <a href="http://en.wikipedia.org/wiki/To_Kill_a_Mockingbird_(film)" target="_blank">&#8220;Matar a un ruiseñor&#8221;</a> o, si no la han visto, les sugiero también que vean la película del mismo nombre. Tanto la novela como la película son magníficas y, con un poco de imaginación, si cambian Estados Unidos por España y a los negros por gitanos o moros, el argumento les resultará extrañamente familiar.</p>
<p>No es fácil defender a un acusado en las condiciones que les cuento; además de conocimientos jurídicos se precisa coraje, mucho coraje, y a los alumnos de la Escuela de Práctica Jurídica de Cartagena trato de comunicarles que muchas veces estarán solos, patéticamente solos, y que, frente a la incomprensión exterior, la única arma de que dispondrán para defenderse será la convicción de que ellos, con su trabajo, estarán haciendo posible que exista una nación justa, incluso para quienes no comprenden por qué hacen lo que hacen; y para eso hace falta coraje que, como dice Atticus Finch, el protagonista de la película de que les hablo, no es empuñar un arma ni ser valiente, sino pelear por lo que crees incluso sabiendo que estás derrotado de antemano y proseguir la pelea sin desfallecer a pesar de todo. Uno raramente gana, pero a veces lo hace.</p>
<p>Por qué la gente condena a una persona antes de ser juzgada es algo que no pretendo entender a estas alturas de mi vida, es probable que las personas tengan derecho a hacerlo y a tener esa opinión; la convivencia con las personas que piensan así se hace difícil pero, antes que convivir con los demás, uno debe convivir consigo mismo y la única cosa que no puede ser abolida por la opinión de los demás es nuestra propia conciencia. Para ser un buen abogado quizá no hagan falta muchas cosas pero, si hay algo que no puede faltarnos, es el coraje.</p>
<p>La causa contra el juez Garzón trata de muchas cosas pero, en lo que a mí respecta, la parte que más me interesa es esa que tiene que ver con el trabajo de los abogados y con esa misión que la ley nos encomienda de sostener y defender, no importa cuan difícil sea la tarea, las tesis de nuestros defendidos: El derecho de defensa.</p>
<p>El derecho de defensa -dice la sentencia- se desarrolla sustancialmente a través de la asistencia letrada; aparece reconocido como un derecho fundamental del detenido en el artículo 17 de la Constitución Española, y del imputado, con el mismo carácter aunque no exactamente con el mismo contenido, en el artículo 24. No se encuentra entre los que el artículo 55 de la CE considera susceptibles de suspensión en casos de estado de excepción o de sitio.</p>
<p>En el artículo 24, el derecho de defensa, aparece junto a otros derechos que, aunque distintos e independientes entre sí, constituyen una batería de garantías orientadas a asegurar la eficacia real de uno de ellos: el derecho a un proceso con garantías, a un proceso equitativo; en definitiva, a un proceso justo. De forma que la pretensión legítima del Estado en cuanto a la persecución y sanción de las conductas delictivas, solo debe ser satisfecha dentro de los límites impuestos al ejercicio del poder por los derechos que corresponden a los ciudadanos en un Estado de derecho. Nadie discute seriamente en este marco que la búsqueda de la verdad, incluso suponiendo que se alcance, no justifica el empleo de cualquier medio. La justicia obtenida a cualquier precio termina no siendo Justicia.</p>
<p>Directamente relacionados con la defensa y la asistencia letrada, aparecen otros aspectos esenciales para su efectividad. De un lado, la confianza en el letrado, de otro, la confidencialidad de las relaciones entre el imputado y su letrado defensor, que resulta un elemento esencial. En la Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (STEDH) de 5 de octubre de 2006, caso Viola contra Italia (61), se decía que</p>
<blockquote><p>“&#8230;<strong>el derecho, para el acusado, de comunicar con su abogado sin ser oído por terceras personas figura entre las exigencias elementales del proceso equitativo en una sociedad democrática</strong> y deriva del artículo 6.3 c) del Convenio. Si un abogado no pudiese entrevistarse con su cliente sin tal vigilancia y recibir de él instrucciones confidenciales, su asistencia perdería mucha de su utilidad&#8221;</p></blockquote>
<p>La importancia de la confidencialidad de las entrevistas entre el acusado y sus abogados para los derechos de la defensa ha sido afirmada en varios textos internacionales, incluidos los textos europeos (Sentencia Brenan contra Reino Unido, núm. 39846/1998, aps. 38-40, TEDH 2001-X)”.</p>
<p>Si no se respetase esa confidencialidad, dice la sentencia, sufrirían reducciones muy sustanciales otros derechos relacionados. En primer lugar, <strong>el derecho a no declarar</strong>. La comunicación con el letrado defensor se desarrolla en la creencia de que está protegida por la confidencialidad, de manera que en ese marco es posible que el imputado, solo con finalidad de orientar su defensa, traslade al letrado aspectos de su conducta, hasta llegar incluso al reconocimiento del hecho, que puedan resultar relevantes en relación con la investigación. Es claro que el conocimiento de tales aspectos supone la obtención indebida de información inculpatoria por encima del derecho a guardar silencio. En estos casos, la prohibición de valoración de lo ya conocido no es más que un remedio parcial para aquellos casos en los que, justificada la intervención con otros fines, el acceso haya sido accidental e inevitable, pero de esa forma no se elimina la lesión ya causada en la integridad del derecho.</p>
<p>En segundo lugar, <strong>el derecho al secreto profesional</strong>. Concebido como un derecho del letrado a no revelar los datos, de la clase que sean, proporcionados por su cliente, o, con carácter más general, obtenidos en el ejercicio del derecho de defensa (artículo 416 de la LECrim y 542.3 de la LOPJ), opera también como un derecho del imputado a que su letrado no los revele a terceros, ni siquiera bajo presión. El conocimiento indebido del contenido de las comunicaciones entre ambos, pues, dejaría en nada este derecho.</p>
<p>En tercer lugar, <strong>el derecho a la intimidad</strong>. La relación entre el imputado y su letrado defensor se basa en la confianza, de forma que es altamente probable que estando el primero privado de libertad traslade al segundo cuestiones, observaciones o preocupaciones que excedan del derecho de defensa para residenciarse más correctamente en el ámbito de la privacidad, que solo puede ser invadido por el poder público con una razón suficiente.</p>
<p>Y es contra todo esto contra lo que han atentado las acciones del juez Garzón. Poco me importa saber si lo hizo &#8220;a sabiendas&#8221; o simplemente por un indisculpable error. Si no defendemos el derecho de defensa en los términos que lo definen los tratados internacionales, nuestra Constitución y la sentencia que comento, simplemente nuestro estado de derecho dejará de serlo y será imposible una nación de hombres libres e iguales.</p>
<p>No soy un idealista que crea fervientemente en la integridad de nuestros tribunales y de nuestro sistema judicial -en el post anterior ya señalé aspectos oscuros de la sentencia- un tribunal no es mejor que el mejor de los hombres o mujeres que lo componen; pero, si además de eso, no permitimos que las personas puedan acceder a ellos en condiciones de defenderse, habremos acabado con toda esperanza de libertad.</p>
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		<title>El caso Garzón y el derecho a la doble instancia</title>
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		<pubDate>Sat, 11 Feb 2012 18:31:17 +0000</pubDate>
		<dc:creator>wfosbery</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Uno de los aspectos más oscuros de la sentencia que condena por prevaricación al Juez Garzón es el de la posible vulneración del derecho que tiene el juez acusado a la doble instancia. Este derecho a la doble instancia significa &#8230; <a href="http://josemuelas.com/blog1/2012/02/11/el-caso-garzon-y-el-derecho-a-la-doble-instancia/">Continue reading <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Uno de los aspectos más oscuros de la sentencia que condena por prevaricación al Juez Garzón es el de la posible vulneración del derecho que tiene el juez acusado a la doble instancia. Este derecho a la doble instancia significa que todo condenado tiene derecho a someter el fallo y la condena a un Tribunal superior, lo cual queda impedido en el caso presente por la propia legislación española que atribuye el conocimiento y fallo de la causa en única instancia al Tribunal Supremo.</p>
<p>Este derecho a la doble instancia lo consagra el artículo 14.5 del <a href="http://www2.ohchr.org/spanish/law/ccpr.htm">Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos </a>que, textualmente, dispone:</p>
<blockquote><p>Toda persona declarada culpable de un delito tendrá derecho a que el fallo condenatorio y la pena que se le haya impuesto sean sometidos a un tribunal superior, conforme a lo prescrito por la ley.</p></blockquote>
<p>En el caso presente es evidente que la condena del juez Garzón, contrariamente a lo ordenado por dicho Pacto Internacional, no podrá ser sometida a un tribunal superior dado que el recurso ante el Tribunal Constitucional no sirve para revisar el proceso en su integridad sino solamente la posible vulneración de preceptos constitucionales. Un juicio en única instancia es, pues, contrario al Pacto Internacional citado y la defensa del Juez lo manifestó oportunamente al Tribunal Supremo.</p>
<p>La respuesta del Tribunal Supremo en la sentencia fue la única que podía ser:</p>
<blockquote><p>La pretensión es inatendible por razones obvias. En primer lugar, porque aun cuando pueda entablarse discusión o debate acerca de la justificación del procedimiento contra personas aforadas o sobre la preferencia o mejor calidad de unos sistemas procesales sobre otros, el artículo 2 del Protocolo 7 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, luego de disponer en el apartado 1 que toda persona condenada por un delito tiene derecho a que su condena o sentencia sea revisada por un Tribunal superior, contempla excepciones a esta regla en el apartado 2, y, entre ellas, los casos en los que la persona afectada sea juzgada en primera instancia por el más alto Tribunal. <strong>Y en segundo lugar porque no le corresponde a esta Sala completar la legislación procesal u orgánica estableciendo nuevos recursos, distintos a los previstos, o ampliar las competencias de los órganos jurisdiccionales establecidas de forma precisa por las leyes vigentes</strong>.</p></blockquote>
<p>A la alegación por la defensa de Garzón del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos responde el Tribunal con un razonamiento sobre el Convenio Europeo de Derechos Humanos (un texto legal diferente) y, consciente el Tribunal de la debilidad inicial del razonamiento, añade lo que no tiene más remedio que añadir: Que su función no es legislar, que él no puede crear recursos o instancias no creadas por el legislador y que &#8220;esta es la ley que hay&#8221; señalando implícitamente que, si está mal hecha la ley, la responsabilidad es de otros (el legislador) no de ellos.</p>
<p>Y es así.</p>
<p>Son ya muchas las resoluciones que han señalado que el sistema penal español no cumple con las exigencias del PIDCP (vgr. el caso Mario Conde) pero el legislador, nuestros políticos de uno y otro partido, han preferido no hacer nada y dejar la Ley de Enjuiciamiento Criminal en el estado que ahora se encuentra. Hasta ahora la comunidad internacional no ha colocado nuestro sistema judicial penal bajo la lupa pero ahora sí lo hará. Léase por ejemplo <a href="http://www.nytimes.com/2012/02/11/opinion/a-chilling-verdict-in-spain.html?_r=1&amp;ref=opinion" target="_blank">el editorial del New York Times de hoy</a> que, en relación a este tema, manifiesta:</p>
<blockquote><p>Judge Garzón cannot appeal in the Spanish court system. But he can challenge this decision in Spain’s Constitutional Court and the European Court of Human Rights in Strasbourg. We hope he does.</p></blockquote>
<p>Al editorialista del New York Times se le escapa que la defensa de Garzón tiene otras opciones además del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y, si las usa, es probable que dentro de un tiempo podamos leer una resolución que declare que el proceso contra Garzón vulneró su derecho fundamental a la doble instancia. Eso será malo para la credibilidad del sistema judicial penal español y, lo que quizá sea peor, abrirá otra irresponsable tormenta política donde los responsables de este desaguisado procesal (los legisladores, nuestros políticos) señalarán hacia todos los implicados menos hacia los verdaderos responsables: Ellos mismos.</p>
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		<title>Texto completo de la sentencia que condena al juez Garzón por prevaricación.</title>
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		<pubDate>Sat, 11 Feb 2012 17:28:25 +0000</pubDate>
		<dc:creator>wfosbery</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Son muchos quienes me han preguntado mi parecer respecto a la sentencia del caso de Baltasar Garzón, antes de dar una respuesta les ofrezco el texto completo. Ver texto completo de la sentencia]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Son muchos quienes me han preguntado mi parecer respecto a la sentencia del caso de Baltasar Garzón, antes de dar una respuesta les ofrezco el texto completo. <a href="http://webley.files.wordpress.com/2012/02/sentencia_garzon_gurtel-copia.pdf">Ver texto completo de la sentencia</a></p>
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		<title>Por qué es perversa la propiedad intelectual</title>
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		<pubDate>Sun, 05 Feb 2012 18:42:02 +0000</pubDate>
		<dc:creator>wfosbery</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Una de las evidencias más importantes que debemos tener en cuenta para entender las protestas actuales en relación con el disparatado sistema legal de propiedad intelectual que nos gobierna, es la de reconocer que el conocimiento (la información) es uno &#8230; <a href="http://josemuelas.com/blog1/2012/02/05/por-que-es-perversa-la-propiedad-intelectual/">Continue reading <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://josemuelas.com/blog1/wp-content/uploads/2012/02/20120205-1951231.jpg"><img class="alignnone size-full" src="http://josemuelas.com/blog1/wp-content/uploads/2012/02/20120205-1951231.jpg" alt="20120205-195123.jpg" /></a></p>
<p>Una de las evidencias más importantes que debemos tener en cuenta para entender las protestas actuales en relación con el disparatado sistema legal de propiedad intelectual que nos gobierna, es la de reconocer que el conocimiento (la información) es uno de los más importantes recursos naturales con que cuenta la humanidad. La información, es fácil comprenderlo, es la materia prima con la que se elaboran todas las grandes obras, construcciones y creaciones del género humano.</p>
<p>Las investigaciones del famoso economista Paul Romer mostraron claramente que la información, el conocimiento, como recurso, son los que generan el crecimiento económico de los hombres y las naciones. Una vez que uno percibe y asimila esta realidad, las preguntas sobre la naturaleza y funcionamiento de este increíble recurso natural comienzan a amontonarse.</p>
<p>Pensemos, por ejemplo, en cualquier otro recurso natural distinto de la información o el conocimiento: ¿No estaríamos todos de acuerdo en que lo mejor para la humanidad sería disponer de una cantidad ilimitada de ellos?</p>
<p>Si no existiese escasez de cereales en el mundo lo consideraríamos, sin duda, algo positivo; si dispusiésemos de fuentes de energía inagotables sin duda también lo consideraríamos un factor positivo para la humanidad. Es cierto que la superabundancia de alimentos o energía podría tener efectos colaterales perniciosos en algunos casos, pero, indudablemente, el hecho de que la humanidad dispusiese de tantos cuantos alimentos o energía necesitase, sería, antes que nada, una bendición.</p>
<p>Sin embargo, cuando esta abundancia aparece en un sector donde antes sólo había escasez, los problemas salen a la superficie. Déjenme que les ponga un ejemplo.</p>
<p>Quizá ustedes se hayan preguntado alguna vez cómo era posible que, desde la más remota antigüedad, se consumiesen helados o se tratasen enfermedades y se conservasen los alimentos gracias al hielo. Es obvio que la tecnología del frío es muy reciente y cabe preguntarse cómo obtenían hielo en la antigüedad en zonas tan cálidas como Roma o Barcelona incluso durante el verano. El secreto estaba en unos pozos excavados en la tierra con muros de contención e incluso con techo, que disponían de aberturas para la introducción de la nieve y posteriormente la extracción del hielo. A esos pozos se les llamaba &#8220;<a href="http://es.wikipedia.org/wiki/Nevero_artificial">neveras</a>&#8221; (sí, como su frigorífico) y dieron lugar a una muy floreciente industria de producción y reparto de hielo. El gran desarrollo de esta industria tuvo lugar entre los siglos XVI y XIX, y ha sido utilizada hasta mediados del siglo XX, cuando, con la aparición de los primeros frigoríficos su uso devino innecesario. Sobre 1890 aparecieron también las primeras fábricas de hielo y, hasta que la electricidad no fue un recurso común en todas las casas, la industria de las neveras dio trabajo a muchos hombres y mujeres.</p>
<p>Yo recuerdo perfectamente la primera nevera de que dispusieron mis padres, era poco más que un armario en el que se introducía un bloque de hielo que se compraba en la fábrica de hielo y que se repartía incluso a domicilio.</p>
<p>La aparición de los frigoríficos convirtió las neveras y la industria a ella asociada en manifiestamente obsoleta de forma que, de ella, ya sólo nos queda su nombre.</p>
<p>Sin embargo, cuando aparecieron los frigoríficos, nadie se planteó establecer un canon sobre ellos para evitar el cierre de industrias de hielo; tampoco nadie se planteo prohibir la fabricación doméstica de hielo o imponer restricciones a la venta de refrigeradores. Ciertamente el drama de los trabajadores y empresarios del sector no era diferente entonces del de las empresas e industrias que la revolución tecnológica ha convertido ahora en obsoletas. No tenía sentido entonces perpetuar artificialmente una industria obsoleta en perjuicio del común de los ciudadanos y no tiene sentido ahora defender privilegios sin sentido en contra del interés común.</p>
<p>La industria del frío, además, aunque cerró numerosas neveras y fábricas de hielo y mandó al paro a un buen número de trabajadores, abrió nuevos mercados y nuevas oportunidades de negocio. Hoy todos disponemos de frigoríficos cuya construcción genera un buen número de puestos de trabajo, la posesión generalizada de frigoríficos permite asimismo que todos dispongamos de productos congelados en casa, un producto que antes apenas se podía comercializar&#8230; En fin, les dejo imaginar el resto.</p>
<p>La aparición de los frigoríficos hizo que desapareciese la escasez de hielo, escasez que había permitido florecer durante dos mil años a una industria. Indudablemente la aparición de los frigoríficos fue un mal indudable para los empresarios del sector de las neveras pero, en pocos años, se puso de manifiesto que, en general, fue un avance para la sociedad en su conjunto.</p>
<p>El ejemplo anterior creo que ilustra suficientemente por qué, cuando aparece la abundancia en un sector económico donde antes había escasez, los problemas afloran. Siempre que existe escasez en un sector económico alguien construye un negocio sobre ella. En el ejemplo anterior eran los fabricantes de hielo, pero otros muchos ejemplos pueden ponerse, como por ejemplo el de la distribución de agua cuando no existían suficientes redes de canalización, el de los instrumentistas músicos cuando no existía la industria del disco o el de los amanuenses y copistas cuando la imprenta aún no estaba inventada. En fin, puede usted encontrar tantos cuantos ejemplos desee pero, allá donde exista escasez, siempre aparecerá alguien que construye un negocio sobre dicha escasez; de hecho, una de las definiciones más extendidas de la economía es aquella que la define como &#8220;La ciencia que se encarga del estudio de la satisfacción de las necesidades humanas mediante bienes que, siendo escasos, tienen usos alternativos entre los cuales hay que optar&#8221;.</p>
<p>El concepto de &#8220;escasez&#8221; aparece siempre que hablamos de economía y la desaparición de esta escasez da lugar a fenómenos que merece la pena considerar.</p>
<p>Hace ya años que la mayoría de los economistas rechazaron la idea mercantilista de que los estados debían constituir monopolios que generasen escaseces artificiales a fin de lucrarse con ellos, porque se percataron de que, a largo plazo, un mercado competitivo resultaba mucho más ventajoso para todos. Es verdad que, para quienes disfrutaron del monopolio del comercio con las colonias de América, del monopolio del azúcar o de la sal, el fin de sus monopolios fue una noticia terrible y desagradable pero, para el resto de la población, el fin de los privilegios monopolísticos sólo trajo bienestar y riqueza.</p>
<p>Por lo que respecta a la información y al conocimiento, considerados como recurso natural, debemos decir que son recursos no meramente abundantes, sino que, simplemente, son infinitos.</p>
<p>Tal y como escribió Thomas Jefferson</p>
<p><em>&#8220;Si la naturaleza ha creado alguna cosa menos susceptible de ser poseída como propiedad privada que todas las demás, esta es ese resultado del poder del pensamiento al que llamamos &#8220;idea&#8221;, la cual sólo puede ser poseída por un indivíduo en la medida en que la guarde sólo para él pues, en el mismo momento que la divulgue, la pone en posesión de todo el mundo sin que ninguno de quienes reciban tal idea pueda desposeer a quien la difundió de la posesión de la misma ni desposeerse ellos mismo de ella. La peculiaridad de las ideas es, también, que nadie pierde la posesión de las mismas porque las transmita a otro por completo. Aquel que recibe una idea de mí recibe instrucción para él sin que yo pierda la instrucción que le he transmitido, al igual que quien enciende su lámpara en una mina recibe su luz sin por ello oscurecernos a nosotros. Que las ideas puedan difundirse libremente de un lugar a otro del globo, para la instrucción y mejora de la condición moral del hombre, parece haber sido una pecualiaridad diseñada por la benevolencia de la naturaleza cuando las creó, como el fuego, que se propaga a todas partes sin perder su densidad en ningún punto, y como el aire en el que respiramos, nos movemos y vivimos, incapaz de ser confinado ni ser objeto de apropiación exclusiva. Las invenciones no pueden ser, por naturaleza, objeto de propiedad&#8221;</em></p>
<p>También en España la naturaleza perversa y errónea de la legislación en materia de propiedad intelectual fue denunciada desde los primeros momentos de su instauración, y no por pensadores aislados sino nada menos que por la Escuela Iusnaturalista de Salamanca, religiosos desde luego de reconocida autoridad en todo el orbe en el campo del Derecho Natural. Partiendo del concepto de Santo Tomas de Aquino de la suidad, la escuela de Salamanca circunscribió a mediados del siglo XVIII la protección a lo que luego se llamarán derechos morales, atacando frontalmente la equiparación del privilegio real con una forma de propiedad, dado que sobre las ideas, conocimientos y conceptos no puede reivindicarse propiedad con independencia del estado, ni la transmisión llevarse a cabo como un juego de suma cero como sí ocurre con la propiedad de las cosas. Además, no siendo la propiedad un derecho natural, difícilmente podría argumentarse su universalidad.</p>
<p>Sin embargo y a pesar de lo dicho por Jefferson, todavía hay personas que piensan que la información, el conocimiento, estos fascinantes recursos humanos, deben de ser limitados, encerrados, poseídos y sujetos a propiedad. Esto es así porque es mucho más simple darse cuenta de que el fin de la escasez (el fin del negocio del hielo) perjudicará a las personas que viven de dicha industria que darse cuenta de que, a pesar de esos aspectos negativos para unos pocos, el fin de la escasez permitirá la aparición de nuevos mercados y formas de negocio en forma de fabricantes de refrigeradores, distribuidores de productos congelados, fabricantes de aire acondicionado&#8230; cada uno de los cuales tratará de ofrecer mejores productos que beneficiaran a los consumidores y harán crecer los mercados, la riqueza y las nuevas oportunidades de negocio.</p>
<p>Ciertamente que resulta muy sencillo percibir que la industria de las fábricas de hielo se resentirá y que los oligarcas de estas empresas lo pasarán mal y parece que, cuando hablamos de información y conocimiento, nuestros gobernantes caen una y otra vez en esta percepción simplista, bien es verdad que eficazmente &#8220;ayudados&#8221; por quienes no quieren que su monopolio se acabe y prefieren que sigamos consumiendo su hielo a que dispongamos de refrigeradores.</p>
<p>En un post anterior ya les conté como Tim Berners-Lee, el creador del lenguaje html con el que funcionan todos los navegadores y webs de internet, en todas sus entrevistas siempre tenía que contestar a la misma pregunta &#8220;¿Por qué no patentó usted su invención y ahora sería millonario?&#8221;. Berners-Lee suele contestar que las cosas son así en materia de conocimiento, información e internet. Nadie pagaría por usar su lenguaje, para que las personas hablen un mismo lenguaje el mismo debe estar a disposición de todas sin restriccciones y un lenguaje sirve de poco si lo usa un sólo interlocutor como un teléfono no sirve de nada si no hay otro teléfono al que llamar. Nadie crea nada desde cero. Como dijo Sir Isaac Newton para él sus descubrimientos eran perfectamente sencillos y naturales, porque los había realizado apoyándose en hombros de gigantes (Galileo, Copérnico, Kepler&#8230;). En materia de conocimiento es una obligación moral permitir que, al igual que nosotros nos elevamos sobre los hombros de quienes nos precedieron, aquellos que nos han de seguir puedan subir sobre los nuestros. Quizá si Tim Berners-Lee hubiese patentado alguna de sus invenciones podría ser ahora un poco más rico; lo indudable es que la humanidad en su conjunto sería ahora más pobre. ¿Qué interés deben, pues, defender quienes dicen que nos representan?</p>
<p>Así es como funciona la red o, al menos, así es como ha venido funcionando hasta ahora que han aparecido una serie de políticos que no entienden de moral y sí sólo de su interés y el de unos pocos fabricantes de hielo. Las industrias del entreteniiento y la propiedad intelectual, ahora, tratan incluso de lavarnos el cerebro para convencernos de que el conocimiento y la información son esencialmente poseíbles y apropiables. Por lo que parece lo están logrando en muchos casos, pues se permiten llamar ladrones y piratas a quienes simplemente copian información y hacen con ella aquello para lo que la naturaleza la creó. No saben nada, no entienden nada y no tienen otro norte que el de su propio beneficio.</p>
<p>El fundamento originario de las leyes sobre copyright y propiedad intelectual fue crear una ficción jurídica temporal para que, en cierto modo, determinados individuos pudiesen controlar el uso y distribución de determinadas obras o conocimientos.Se pensaba que, de este modo, se incentivaría la creación de las mismas y por ello, porque era bueno para todos, se aprobaron dichas leyes.</p>
<p>Sin embargo, con el paso del tiempo, esos derechos se fueron pervirtiendo, aumentando su plazo de ejercicio hasta límites intolerables, permitiendo que Su titularidad recayese sobre personas jurídicas (otra ficción) y, finalmente, a golpe de presión de la industria, han perdido todo el sentido que los hizo nacer. Los ejemplos de las infames consecuencias de esta legislación son, a día de hoy, innumerables y que incluso pueda responsabilizarse a dicha regulación de la pobreza y hambruna de grandes zonas del planeta. Trataré de ese tema en otro post, ahora simplemente piense usted que el cereal que alimenta a la mayor parte de la humanidad es el maíz, que llevó a los mayas miles de años de selección de plantas conseguir las mazorcas que usted conoce (las primeras mazorcas apenas contenían tres o cuatro granos de maíz) y que ahora&#8230; Ahora se modifica genéticamente y se patenta este maíz, de forma que se priva a pueblos de la tierra de la posibilidad de plantar y consumir una materia prima que ellos mismos crearon con su esfuerzo a través de milenios.</p>
<p>Si usted está pensando que la legislación sobre copyright y propiedad intelectual tan sólo tiene que ver con la posibilidad de que usted se descargue gratuitamente canciones o películas se equivoca. Quizá es eso lo que quieran hacernos creer quienes pervierten la regulación en esa materia, pero es lo cierto que sobre esas leyes se está construyendo un mundo absolutamente injusto en beneficio de unos pocos y en perjuicio de casi todos.</p>
<p>Estamos a tiempo de rechazar todavía esta economía del monopolio y de la escasez artificial. No es sólo megaupload.</p>
<p>PD. Este post es un remix de otros posts de diferentes personas, singularmente Mike Masnick, Falkvinge y otros diversos posts míos. Es así como funciona la red.</p>
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		<title>La verdad es que no dan una</title>
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		<pubDate>Mon, 09 Jan 2012 00:12:25 +0000</pubDate>
		<dc:creator>wfosbery</dc:creator>
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			<content:encoded><![CDATA[<p>Una de las formas de evaluar la credibilidad de quienes formulan pronósticos es verificar el grado de aciertos que han tenido previamente, de forma que, ahora que la industria del entretenimiento amenaza con horribles cataclismos económicos si no se lleva a la práctica la Ley SINDE en España o SOPA en Estados Unidos, quizá sea bueno comprobar qué nivel de aciertos han tenido estos profetas en casos anteriores. Comprobémoslo.</p>
<p>En los años 20 la industria del disco predijo que la radio acabaría con ellos si no se tomaban medidas. El argumento era que, dado que la radio era gratis, nadie querría comprar sus discos. No necesito decirles que la radio, finalmente, lo que hizo fue aumentar la venta de discos.</p>
<p>En los años 40 las grandes compañías cinematográficas hubieron de prescindir de su principal canal de distribución -poseían el 50% de los cines en Estados Unidos-. Las cinematográficas predijeron que el fin estaba cercano, sin embargo el número de salas de cine creció en los Estados Unidos de 17.000 en 1948. 38.000 en la actualidad.</p>
<p>Cuando apareció la televisión que, como la radio, era gratuita también se afirmó que era el fin del cine. Ya conocen el resultado. </p>
<p>En los 70 aparecieron los Videos que permitían grabar directamente de la televisión. Los empresarios del sector del cine clamaron que ese era el final de su industria. La publicidad de los lobbys del sector en aquella época fue tremenda en USA. La realidad demostró que la aparición del video hizo que los beneficios del sector se multiplicaran exponencialmente. Gracias al nuevo canal de distribución los ingresos por alquiler de videos superaron los de las salas de proyección. </p>
<p>Con este currículum como profetas quizá no sería malo que tuviesen un poquito más de cuidado a la hora de emitir pronósticos y, sobre todo, algo más de respeto con esas personas de las que viven y a quienes llaman &#8220;piratas&#8221;.</p>
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		<title>Año nuevo, imagen nueva.</title>
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		<pubDate>Sat, 07 Jan 2012 13:10:34 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[Estaba bastante satisfecho con el aspecto que mi blog había mantenido en los últimos tiempos, pero los años pasan y mis amigos encontraban dificultades para leerlo en pantalla. Así pues, año nuevo imagen nueva, más contrastada y con un tamaño &#8230; <a href="http://josemuelas.com/blog1/2012/01/07/ano-nuevo-imagen-nueva/">Continue reading <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Estaba bastante satisfecho con el aspecto que mi blog había mantenido en los últimos tiempos, pero los años pasan y mis amigos encontraban dificultades para leerlo en pantalla. Así pues, año nuevo imagen nueva, más contrastada y con un tamaño de letra mayor, lo importante es que se pueda leer. Feliz año a todos.</p>
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		<title>¡Feliz año Turing! (Los diez auténticos revolucionarios de la sociedad de la información).</title>
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		<pubDate>Sat, 07 Jan 2012 13:01:03 +0000</pubDate>
		<dc:creator>wfosbery</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Dentro de mi ranking de los “auténticos revolucionarios de la sociedad de la información” necesariamente tiene que estar Alan Turing (1912-1954); y no al final de la lista sino probablemente en uno de los tres primeros puestos. Ocurre, sin embargo, &#8230; <a href="http://josemuelas.com/blog1/2012/01/07/feliz-ano-turing-los-diez-autenticos-revolucionarios-de-la-sociedad-de-la-informacion/">Continue reading <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><img class="alignnone" title="Alan Turing" src="http://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/5/57/Alan_Turing.jpg" alt="Alan Turing" width="426" height="319" /></p>
<p>Dentro de mi ranking de los “auténticos revolucionarios de la sociedad de la información” necesariamente tiene que estar Alan Turing (1912-1954); y no al final de la lista sino probablemente en uno de los tres primeros puestos. Ocurre, sin embargo, que este año, un comité de científicos ha decidió celebrar el “Año de Turing” conmemorando el centenario de su nacimiento y, debido a ello, he decidido alterar el orden de mi lista para dedicar este primer post del año, del año de Turing, a él.</p>
<p>Alan Turing, como comprobará quien tenga la paciencia de seguir leyendo, fue víctima de las mayores humillaciones por parte de la nación que le debía en gran medida a él su victoria en la Segunda Guerra Mundial. Este año, científicos de la nación que tanto le debe y que tan mal le pagó, han organizado este año de Turing en su memoria, para que Inglaterra sepa cuanto de le debe y el mundo conozca a uno de los científicos que más hicieron porque fuese posible la sociedad de la información que hoy disfrutamos.</p>
<p>Turing, conoció en Harvard a personalidades de la talla de Gödel y Von Neumann y en 1936 redactó uno de los manifiestos fundacionales de la sociedad de la información “On computable numbers with an application to the Entscheindungsproblem”, documento que contenía el diseño teórico de una computadora a la que, andando el tiempo, se la conocería como la “Máquina de Turing” (The Turing Machine) al tiempo que resolvía las cuestiones de Hilbert sobre la decidibilidad (Entscheindungsproblem).</p>
<p>En términos lógicosel problema de la decidibilidad se plantea la cuestión de si existe algún algoritmo o proceso definido que pueda determinar si un postulado determinado es susceptible de ser probado o no. Otras formulaciones del problema implican si existe algún método o algoritmo que permita generar los dígitos de “pi”, o de la raíz cuadrada de 2, hasta cualquier nivel de precisión que deseemos.</p>
<p>En aquella época tal tipo de cálculos solían ser efectuados por personas que, provistas de tablas y fórmulas, efectuaban las operaciones siguiendo rigurosamente conjuntos de reglas preestablecidas. A esas personas que realizaban los cálculos, generalmente mujeres, se les llamaba “computadoras” (computers).</p>
<p>Turing sabía que, si el podía sistematizar como trabajaban aquellas “computadoras” humanas el podría atacar el problema de la decidibilidad.</p>
<p>Fundándose en tales observaciones, en “On Computable Numbers” Turing describió una máquina de computación universal que podría computar cualquier secuencia de números que fuese computable escribiendo las correspondientes tablas de instrucciones; la máquina de Turing podría emular a cualquiera de las máquinas de cálculo existentes y sería por ello universal.</p>
<p>Aunque el hecho de que existan máquinas que pueden llevar a cabo diferentes tipos de cálculos parece obvia hoy día, la idea de Turing era revolucionaria en aquellos tiempos. Desde entonces hasta hoy todas las computadoras emulan a la “máquina de Turing”.</p>
<p>Turing que, como yo, era un apasionado del ajedrez, llegó años después a concebir un programa para jugar al ajedrez que, efectivamente, funcionó correctamente; si bien, dado que no existían máquinas capaces de ejecutarlo, los cálculos los efectuaba simplemente usando lápiz y papel. Naturalmente aquel programa no jugaba del todo bien, pero la simple idea de que se crease el algoritmo para una máquina pensante sin que tal tipo de máquina existiese resulta muy ilustrativo para aquellos que desprecian la “teoría”. Un día les enseñaré aquella partida, pero, de momento, sigamos con la vida de Alan Turing.</p>
<p>La publicación en 1936 de “On Computable Numbers” pasó desapercibida pero, diez años después, tras la finalización de la Segunda Guerra Mundial, ya era considerado como uno de los documentos seminales, uno de los manifiestos, de la revolución cibernética.</p>
<p>Durante la Segunda Guerra Mundial Turing fue reclutado como uno de los científicos que, en Bletchley Park, debían tratar de romper los sistemas criptográficos alemanes (la máquina “Enigma”) para descifrar los mensajes del ejército alemán. Las ideas de Turing transformaron por completo la criptografía y el criptoanálisis y dieron lugar a la entrada en escena de cada vez mejores máquinas pensantes. Toda la historia de Alan Turing y sus compañeros en Bletchley Park para desentrañar los secretos de la máquina Enigma es apasionante y, desde luego, no cabe en este post. Para quien quiera ampliar sus conocimientos en esta materia le recomiendo muy vivamente que lea los trabajos de Román Ceano en <a href="http://www.kriptopolis.org/la-maquina-enigma" target="_blank">http://www.kriptopolis.org/la-maquina-enigma</a> le aseguro que disfrutará de la mejor lección de historia posible, no ya sobre criptografía, sino sobre historia de la Segunda Guerra Mundial.</p>
<p>La ruptura del código germano permitió al alto mando inglés conocer de antemano las órdenes alemanas a sus tropas, aviones y, sobre todo, submarinos, de forma que Inglaterra pudo sobrevivir a la maquinaria militar alemana merced al uso de la información que Turing y sus compañeros facilitaban desde Bletchley Park. Este fue uno de los secretos mejor guardados de la Segunda Guerra Mundial y el secreto que, quizá, acabó costándole la vida a Turing.</p>
<p>Acabada la Segunda Guerra Mundial, Turing, como Von Neumann y otros, dirigieron su atención a la creación de computadoras digitales. En 1946 publicó su primer borrador de “Proposed Electronic Calculator” para la construcción de una de aquellas computadoras digitales. Turing señaló que esas computadoras digitales programables podrían tener un hardware fijo y simple, que deberían disponer de una buena cantidad de memoria y que, merced a los diversos programas, debidamente jerarquizados y divididos en subrutinas, podrían realizar tareas notables e incluso “jugar muy bien al ajedrez”. Incluso manifestó que podrían generarse programas capaces de aprender. Turing no pudo llevar a cabo su idea por sí mismo, la construcción de este ordenador diseñado en “Proposed Electronic Calculator” (conocido como ACE) fue encargado a personas distintas de Turing que se cuidaron muy mucho de que la figura de Turing fuese olvidada.</p>
<p>Turing incluso se planteó la posibilidad de la creación de inteligencia artificial y, para determinar si una máquina la poseía o no, ideó un test que ha pasado a la historia con el nombre de “El Test de Turing”, test que aún hoy día sigue vigente y que aún no ha superado ninguna máquina conocida. Todas estas ideas las vertió en otro de los manfiestos fundacionales de la sociedad de la información “Computing Machinery and Intelligence”, publicado en 1950.</p>
<p>A finales de los 50 la policía británica comenzó a interesarse por la homosexualidad de Turing. Se abrió contra él un procedimiento judicial por “perversion sexual” y se le obligó a seguir durante un año un tratamiento “órgano terápico” que incluyó castración química mediante inyección de hormonas (lo que le produjo un notable engrosamiento de sus pechos). La humillación social y física a la que se le sometió fue extrema; la misma sociedad a la que él había defendido durante años ahora lo hacía trizas. El 7 de junio de 1954 Turing apareció muerto tras comer una manzana envenenada. Tenía 42 años.</p>
<p>La historia de quien puso y por qué veneno en aquella manzana la trataremos otro día.</p>
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		<title>ELEAS</title>
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		<pubDate>Sat, 07 Jan 2012 12:56:51 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[Últimamente oigo con frecuencia a personas que, al referirse a mí, me califican de “experto en derecho de las nuevas tecnologías”, cosa que me llena de profundo pudor. A día de hoy, en el mundo de la abogacía, ser un &#8230; <a href="http://josemuelas.com/blog1/2012/01/07/eleas/">Continue reading <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Últimamente oigo con frecuencia a personas que, al referirse a mí, me califican de “experto en derecho de las nuevas tecnologías”, cosa que me llena de profundo pudor. A día de hoy, en el mundo de la abogacía, ser un “experto” en algo no es más que un acto de voluntad pura; uno se autodenomina “experto” en algún campo, se dedica a él y, sin más trámite que ese, es diputado por la comunidad como experto. Por eso, cuando oigo que se me llama “experto”, el pudor me invade y me asalta la sensación de ser un impostor.</p>
<p>Pero alguna vez sí fui “experto”.</p>
<p>Han pasado ya casi diez años desde que en el marco de la Unión Europea se puso en marcha el programa “ELEAS” (Ecommerce Legislation Easily Accesible), un ambicioso proyecto financiado por la Unión Europea y cuyo objetivo era establecer una “knowledge base” que permitiese conocer a cualquier empresario europeo que quisiese dedicarse al comercio electrónico cuáles eran las condiciones en que debía efectuar sus ventas. Para ello se ordenó reclutar a un jurista de cada país de la Unión Europea que, además de ser un reconocido experto en materia de comercio electrónico, tuviese unos mínimos conocimientos de lógica booleana y fuese capaz de escribir, siquiera rudimentariamente, unas cuantas líneas de código en un lenguaje de programación que, en su momento, se nos enseñaría.</p>
<p>No me pregunten por qué ni cómo, pero el jurista español que acabó formando parte de dicho programa fui yo. Cuando acudí a Turín (inolvidable Marco Ciurcina) para las primeras sesiones, estaba consternado y me embargaba la sensación de que yo era un impostor.</p>
<p>Sin embargo, una vez puesto en marcha el programa, resultó que yo no era tan torpe como pensaba. Por aquel entonces yo mantenía actualizada una página web sobre derecho e internet, no me manejaba mal con el lenguaje que se nos enseñó y acabé ayudando a terminar su trabajo a los “expertos” de otros países. Esto hizo que se disipase mi sensación de ser un impostor.</p>
<p>El proyecto fue un éxito. Se establecieron páginas web en todos los idiomas de la Unión Europea con toda la información, nacional y comunitaria, referida al comercio electrónico; las páginas, además, incluían un sistema experto que permitía a los usuarios conocer la regulación jurídica que afectaba a cualquier producto que tratasen de vender “on line”, desde una camiseta a un inmueble, y, en general, el programa cumplió sobradamente todos sus objetivos. Luego pasó el tiempo, los fondos se consumieron, se cubrieron los objetivos y, a día de hoy, es ya casi imposible encontrar información en la red sobre aquel programa ELEAS que hizo que, por una vez, yo me sintiese de verdad experto.</p>
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		<title>Los diez auténticos revolucionarios de la sociedad de la información: Tim Berners-Lee</title>
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		<pubDate>Sat, 07 Jan 2012 12:43:48 +0000</pubDate>
		<dc:creator>wfosbery</dc:creator>
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		<description><![CDATA[En mi lista de los diez revolucionarios de la sociedad de la información no podía faltar Tim Berners-Lee. Para aquellos, espero que pocos, que no sepan quien es, les diré que es la persona gracias a la cual usted usted &#8230; <a href="http://josemuelas.com/blog1/2012/01/07/los-diez-autenticos-revolucionarios-de-la-sociedad-de-la-informacion-tim-berners-lee/">Continue reading <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><img class="alignnone" title="Tim Berners-Lee" src="http://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/6/62/Tim_Berners-Lee_CP.jpg" alt="Tim Berners Lee" width="278" height="416" /></p>
<p>En mi lista de los diez revolucionarios de la sociedad de la información no podía faltar Tim Berners-Lee.</p>
<p>Para aquellos, espero que pocos, que no sepan quien es, les diré que es la persona gracias a la cual usted usted puede leer esta página en su ordenador.</p>
<p>Tim Berners-Lee fue el creador del lenguaje “html” (hyper-text markup language) que es el lenguaje en el que se escriben las páginas web. Tim Berners-Lee fue también el creador del protocolo http (hyper text transfer protocol) que, para el que tampoco sepa lo que es, es el protocolo que permite transferir archivos html de un ordenador a otro a través de la red; si usted se fija, en la barra de direcciones de su navegador, antes de la dirección, aparece en primer lugar la cadena de caracteres “http”. Tim Berners-Lee nventó incluso los “url” que permiten nombrar y localizar recursos en internet como, por ejemplo, el de este sitio web <a href="../../" target="_blank">http://www.josemuelas.com</a></p>
<p>En fin, Tim Berners-Lee es el creador de la web y del world wide web y, aunque sea sólo por eso, debe estar en mi lista de los verdaderos revolucionarios de las tecnologías de la información.</p>
<p>El sueño de un sistema de información hipertextual (eso es la web) no es privativo de Tim Berners-Lee; antes que él ya soñaron o entrevieron ese sistema visionarios de la talla de Vannevar Bush (Memex) o Ted Nelson (Xanadu) pero, sin duda, corresponde a Tim Berners-Lee el honor de haberlo llevado a la práctica y aún hoy día cuidar de él a través de su trabajo en el World Wide Web Consortium (W3C), organismo que regula los estándares de la web.</p>
<p>Las creaciones de Tim Berners-Lee ilustran a la perfección las paradojas que la sociedad de la información produce en quienes quieren juzgarla con estándares económicos tradicionales. Por ejemplo: La pregunta que más frecuentemente se le hace a nuestro protagonista en las entrevistas es: “¿Es usted rico gracias a su invento?”. Sir Tim Berners-Lee debe responder enfáticamente que no, que no es rico, que si un lenguaje se patenta y se cobra por su uso nunca alcanza a ser usado por todas las personas y esto ilustra muy significativamente hasta qué punto el sistema de patentes es pernicioso para el progreso de la humanidad en general y de la sociedad de la información en particular; por eso, Tim Berners-Lee siempre se ha mostrado un firme detractor de la posibilidad de patentar software.</p>
<p>A principio de los 90 Tim Berners-Lee conoció a Ted Nelson y su “Xanadu“, incluso compró su libro “Literary Machines” y se hizo seguidor de la visión democrática e igualitaria que suponía el proyecto Xanadu: Los recursos de los imperios debían estar al alcance de la mano de los ciudadanos comunes. Tim Berners-Lee consideró posible distribuir la información como las neuronas se distribuyen en el cerebro, de forma descentralizada y semánticamente enlazada, como en una red (web). La propuesta de Tim Berners-Lee era más modesta que el Xanadu de Ted Nelson pero, quizá por ello, tuvo un éxito espectacular. Tim Berners-Lee desarrolló su primera propuesta de la Web en marzo de 1989, pero no tuvo mucho eco, por lo que en 1990 y con la ayuda de Robert Cailliau, hicieron una revisión que fue aceptada por el CERN. Para esto diseñó y construyó el primer navegador (llamado WorldWideWeb y desarrollado con NEXTSTEP) y el primer servidor Web al que llamó httpd (HyperText Transfer Protocol daemon). Incluso fue Tim Berners-Lee quien bautizó a todo el sistema como “World Wide Web” tras abandonar su intención inicial de llamarlo TIM:MOI “The Information Mesh: Mine of Information” por considerarlo demasiado egocéntrico. (N.A. “La traducción del francés de “Tim:Moi” es verdaderamente egocéntrica).</p>
<p>El primer servidor Web se encontraba en el CERN y fue puesto en línea el 6 de agosto de 1991. Esto proporcionó una explicación sobre lo que era el World Wide Web, cómo uno podría tener un navegador y cómo establecer un servidor Web. Este fue también el primer directorio Web del mundo, ya que Berners-Lee mantuvo una lista de otros sitios Web aparte del suyo. Debido a que tanto el software del servidor como del cliente fue liberado de forma gratuita desde el CERN, el corazón de Internet Europeo en esa época, su difusión fue muy rápida. El número de servidores Web pasó de los veintiséis de 1992 a doscientos en octubre de 1995, lo que refleja cual fue la velocidad de la difusión de internet.</p>
<p>El que esto escribe se conectó por primera vez a internet en 1998 usando un Netscape Navigator, apenas siete años después de que el primer servidor web se instalase y, en ese ya lejano 98, los usuarios de internet y más concretamente del World Wide Web éramos legión. Aún sonaban cosas como gopher, pero la www era ya indiscutiblemente el servicio más popular de red.</p>
<p>Por eso, porque el servicio de información hipertextual que es el www ha cambiado nuestras vidas, es por lo que, a mi juicio, Tim Berners-Lee es uno de los auténticos revolucionarios de la sociedad de la información y su “Information Management: A proposal” (1989) y su “Weaving the web” (2000) dos de los manifiestos fundacionales de la sociedad de la información.</p>
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